BONOS DE ESTUDIOS

13.- Bonos de Estudio

a.- La Empresa pagará en el mes de Marzo de cada año, por cada estudiante de enseñanza pre-básica, básica, media y superior, que sea hijo del trabajador que a dicha fecha esté afiliado al Sindicato de Trabajadores con una antigüedad mínima de 6 meses en él o que sea parte del Anexo I del presente contrato colectivo, un bono escolar ascendente a 1 UF.

Para acceder a dicho bono, el trabajador deberá presentar a la Empresa copia del respectivo certificado de matrícula con anticipación al pago de dicho bono.

b.- La Empresa otorgará anualmente una beca por cada 22 trabajadores afiliados al Sindicato de Trabajadores al mes de Marzo de cada año con una antigüedad mínima de 6 meses en dicho Sindicato, o que sea parte del Anexo I del presente contrato colectivo.

A estas becas podrán postular trabajadores afiliados al Sindicato y sus hijos que realicen estudios universitarios o técnicos superiores.

El monto de cada beca será de 40 UF anuales que se entregará en 10 cuotas iguales mensuales de Marzo a Diciembre (10 meses).

La asignación de las becas se efectuará según el reglamento acordado entre el Sindicato de Trabajadores y la Empresa, cuya versión vigente se revisará a más tardar en el mes de Febrero de cada año.

c.- Además la Empresa entregará al Sindicato en los meses de Abril de 2011 y 2012 un monto equivalente a 0,32 UF por cada afiliado con más de 6 meses de antigüedad en el mismo o que sea parte del Anexo I del presente contrato colectivo en los meses indicados, el cual tendrá como objetivo otorgar becas a los hijos de los trabajadores que cursen enseñanza básica y media.

d.- Los Bonos señalados en a), b) y c) se cancelarán vía Sindicato el último día hábil de cada mes.

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