COLACIÓN

7.- Colación


a) Será de cargo de la Empresa el 50% del valor convenido con el concesionario por la colación diaria normal en el casino de la Empresa, siendo el 50% restante de cargo de los trabajadores usuarios del servicio, con excepción del personal indicado en el Anexo III, quienes tendrán derecho a colación sin cargo.


b) Se exceptúa del beneficio de la cláusula 7 a) a los trabajadores que actualmente tengan un Bono de Colación de $60.000 o más y aquellos que, teniendo a la fecha de la firma de este contrato dicho subsidio, decidan optar hasta el 31 de Diciembre del 2010 por un bono de colación de $25.000 y para las personas del Anexo III de $50.000, eliminando el beneficio del subsidio desde ese mes para dichas personas


c) La empresa reembolsará hasta los siguientes montos para cubrir el costo de colación obtenida por el trabajador en los recintos ajenos al casino de la Empresa, expresados como porcentaje del valor convenido con el concesionario del casino por una colación normal, cuando el trabajador se desempeñe en jornada extraordinaria en los días u horas que se señalan:


i.- 120% después de las 21 hrs., días de semana;


ii.- 150% para un mínimo de 6 hrs. de trabajo en días sábado; igual porcentaje adicional si laborare en día sábado pasadas las 21 horas, después de haber trabajado un mínimo de 12 horas.


iii.- 200% para un mínimo de 6 hrs. de trabajo en días domingo y festivos; igual porcentaje adicional si laborare en día domingo o festivo pasadas las 21 horas, después de haber trabajado un mínimo de 12 horas.

TRABAJADORES DEL ANEXO III

MOYA PELAYO, DANIELA ANDREA
NORAMBUENA VIDAL, PATRICIO A.
BASCUR SILVA, FERNANDO EDUARDO
ARAVENA PIZARRO, CRISTIAN ANDRES
RAMOS ARAVENA, MAURICIO ESTEBAN
FAUNDEZ AVENDANO, HUGO
COLIPI ALVARADO, JOSE BENDEZU
HUAPAYA, MANUEL ELOY
FIGUEROA PIZARRO, DIEGO ESTEBAN
SOTO VALENCIA, PRISCILLA PATRICIA
SANCHEZ RUBIO, JUAN CLIMACO
MARQUEZ VILCHES, DANIELA ESTEFANIA
BASTIAS ACEVEDO, DANIELA PALOMA
BASTIAS ACEVEDO, VALERIA PATRICIA
HOLLOWAY DEL POZO, SANDRA
MATURANA ULLOA, MANUEL ROBERTO

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